Retomando el final del hilo del anterior post, hay un tema que parece bastante relacionado con el de la igualdad por nacimiento –al menos, parece tener su origen también en la Ilustración- y es la de la conveniencia de la substitución de la idea de caridad por la de justicia social. Los que proclaman tal conveniencia dicen hallar bajo el epíteto caridad unas connotaciones demasiado teñidas de beatería, de deber ó de gracia más que de derecho y absolutamente dirigidas ó dirigibles. Algo de razón tienen. Pero el hecho es que, una vez más, se está cometiendo un error categorial al comparar ó excluir mutuamente dos conceptos muy diferentes. La caridad –que, ciertamente, está en la base de la mayor parte de las tradiciones religiosas no primitivas- supone un acto creativo volitivo realizado de forma personal ó colectiva y que consiste en la participación en mayor ó menor grado en un karma ajeno. La caridad supone, por tanto, una siquiera parcial identificación y también una renuncia. Pero esta identificación no es la de la bolsa amniótica, el caos primigenio ó la unión mágica. Es la identificación mental ó transmental. Por eso las tradiciones religiosas más modernas (taoísmo, budismo, cristianismo e islamismo) son las que más hablan de caridad (o compasión, término análogo), cada una coloreada por su entorno correspondiente. Podría pensarse también, hablando de manera alternativa, que la justicia social es el trasunto despersonalizado de la caridad, de la misma manera que las normas de seguridad lo son de la precaución ó las normas de convivencia lo son del civismo. Frente a una desgracia la justicia social podrá asegurar económicamente la situación –o incluso anímicamente, con asistencia psicológica, otra forma despersonalizada de acción-, pero la única manera de compartir, consolar, amar y dar esperanzas pasa por el ejercicio de la caridad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario